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lunes, 26 de marzo de 2012

Comunicación de cambios de domicilio al Padrón Municipal


      El Padrón Municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en que resida habitualmente.

      La inscripción en el Padrón  contiene como obligatorios sólo los siguientes datos:
a) nombre y apellidos
b) sexo
c) domicilio habitual
d) nacionalidad
e) lugar y fecha de nacimiento
f) Número de Documento Nacional de Identidad o, tratándose de extranjeros, documento que lo sustituya.

      En caso de traslado y cambio de domicilio se deberá proceder:
1- A inscribir el cambio de domicilio en el Padrón, si éste se produce dentro del mismo municipio.
2- Inscribirse en el Padrón del municipio de la nueva residencia (solicitud de alta). En los diez días primeros del mes siguente, el municipio notificará al anterior para que se curse la baja en el antiguo Padrón.

      Estar inscrito en el Padrón del municipio en el que se reside permite participar en las acciones que emprenda el ayuntamiento de éste, ya sean culturales, sociales, etc. También habilita para ejercer el derecho al voto en las elecciones municipales, tanto a los vecinos nacionales como a los extranjeros.
      El domicilio en el que se encuentra empadronado determina el centro de salud al que uno pertenece, así como los hospitales a los que ha de dirigirse cuando sea necesario.
      En el caso de tener hijos en edad escolar, tendrá centros públicos asignados en los que inscribirlos según el domicilio que conste en el empadronamiento.

      Además, para realizar ciertos trámites, será requisito obligatorio presentar el certificado o volante de empadronamiento:
  • Renovación o canje del permiso de conducir.
  • Alta en la Seguridad Social.
  • Solicitar autorización de residencia-extranjeros no comunitarios-.
  • Obtener autorización judicial de matrimonio en el Registro Civil.

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